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Requisitos para el "divorcio exprés"
11 de Abril de 2017

Los abogados de divorcios en Moratalaz Madrid podemos ayudarte si desgraciadamente has decidido llevar adelante un proceso de separación o divorcio. Para que te vayas familiarizando, la normativa básica para el divorcio es la Ley 15/2005. Esta norma sustituyó a la Ley del año 1981, aplicada durante 24 años. 

Los abogados de divorcios en Moratalaz Madrid debemos estar preparados para asesorarte desde una perspectiva profesional, pero sin olvidar el plano humano, el trato empático y agradable con quienes seguramente no estén pasando una buena época. 

La libertad para divorciarse es una posibilidad digamos que reciente, dado que, salvo en un breve período en la II República, tuvimos que esperar a los años 80 para que se legalizara el divorcio. La ley actual permite hacer el procedimiento más rápido, lo que se ha denominado "divorcio exprés". Este tipo no acude a la vía contenciosa (que es más lenta y costosa).

Los requisitos para el divorcio exprés son: que hayan pasado ya tres meses desde el día de tu matrimonio, que exista mutuo acuerdo y que se presente un convenio que regule temas básicos como el cuidado de los hijos, el régimen de las visitas, las pensiones por alimentos o la utilización de la vivienda.

Por otro lado, se precisa que vuestro último domicilio como cónyuges se radicara en España. No necesitarás justificar el divorcio ni hacer ya la repartición de los bienes si no lo deseáis (pero sí deberéis hacerlo más adelante). Tampoco debes separarte en primera instancia, cambio clave respecto a 1981, cuando se exigían dos años de separación demostrable.

Sólo necesitarás una media de tres meses para terminar el procedimiento (si has accedido a la modalidad rápida que hemos descrito).

En nuestra Asesoría Marroquina asesoramos sobre cuestiones laborales, fiscales y contables, además de con otros procedimientos administrativos y judiciales como el que hemos expuesto en este artículo.

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